La Federación de Pensionistas y Jubilados de Comisiones Obreras en Cantabria (CCOO) ha denunciado que el cambio de criterio para la devolución de las cotizaciones a Mutualidades, que ha realizado “de forma unilateral” el ministerio de Hacienda y Seguridad Social, “retrasará su pago y, en algunos casos, dada la edad de las personas solicitantes, este no llegará si quiera a realizarse”.
Así lo ha subrayado José Antonio Sánchez Gimeno, secretario general de la Federación de Pensionistas y Jubilados de CCOO en Cantabria, para quien es “absolutamente indignante este cambio tras el trasvase de las mutualidades al sistema de la Seguridad Social, provocando un perjuicio a quienes lo solicitaron ante la Agencia Tributaria y sufren un retraso en los abonos pendientes sin recibir, además, ninguna explicación”.
Una situación que genera, también, “un agravio comparativo entre mutualistas que ya han percibido la totalidad de la cuantía sin conocer cuál ha sido el criterio y quienes se han quedado fuera sin sentido alguno, que suponen aproximadamente el 20% pendiente del total de 1.700 millones de euros”, ha advertido Gimeno.
El formulario de devolución para mutualistas habilitado el pasado año ha quedado, por tanto, sin efecto desde el pasado 22 de diciembre y, además, “si la Administración no cambia el rumbo y sigue adelante con esta medida arbitraria e innecesaria, será un requisito solicitar la devolución año tras año”, ha recalcado Gimeno, para quien es “una tomadura de pelo, ya que la Agencia Tributaria cuenta con las reclamaciones de las personas que consideran que tienen derecho a la devolución”.
Así queda ahora el sistema de reclamaciones
Desde la Federación de Pensionistas y Jubilados han informado que quedarán sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF correspondiente a los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024 y con independencia de la vía utilizada para solicitar la devolución.
Así, las devoluciones de estos periodos se podrán solicitar año a año a partir del presente 2025 y a través de la presentación de los formularios de solicitud que se pongan a disposición en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
En 2025, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF de 2019 y anteriores no prescritos; en 2026, de 2020 y anteriores; en 2027, de 2021 y anteriores y, en 2028, del ejercicio de 2022 y anteriores.